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Bandera

bandeira lobeira

Bandera del Ayuntamiento de Lobeira, aprobada por la Xunta de Galicia en fecha: 21.11.1997, Decreto 470/1997, publicado en el Diario Oficial de Galicia, núm. 246 de fecha: 22.12.1997.-

El Ayuntamiento de Lobeira (Ourense) consideró conveniente adoptar una bandera propia en la que, con la simbología adecuada y conforme a las tradicionales pautas de presentación de los emblemas heráldicos, se represente y perpetúe su propia peculiaridad. Para eso, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, con su correspondiente blasón y representación gráfica, para su aprobación definitiva.

La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de los emblemas heráldicos y banderas de los ayuntamientos y de otras entidades locales, le corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, según el dispuesto por el artículo 27.2 º del Estatuto de autonomía de Galicia.

El expediente se tramitó conforme a las normas del procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, aprobado por el Real decreto 2568/1986, del 28 de noviembre, y en el Decreto 258/1992, del 10 de septiembre, de la Xunta de Galicia, por el que se regula el procedimiento y normas heráldicas para adopción, modificación o rehabilitación de los escudos y banderas de las corporaciones locales y de otras entidades locales.

En su virtud, visto el informe emitido por la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia, por propuesta del Conselleiro de Xustiza, Interior e Relacións Laborais y luego de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

DISPONGO:

Artículo único. -Aprobar la bandera del Ayuntamiento de Lobeira (Ourense), que quedará organizada de la siguiente manera: sobre paño verde, el lobo de amarillo y, terciado al asta, un partido encajado de amarillo.

Santiago de Compostela, veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y siete.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jesús C. Palmou Lorenzo
Conselleiro de Xustiza, Interior e Relacións Laborais

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